Articulo 515 Ley Orgánica del Poder judicial
Articulo 515 Ley Orgánica...r judicial

Articulo 515 Ley Orgánica del Poder judicial

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 515.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los funcionarios de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia a que se refiere este libro, sólo podrán ser remunerados por los conceptos retributivos que se establecen en esta ley orgánica.

Modificaciones