Articulo 52 Archivos y patrimonio documental de Extremadura
Ver Indice
»Artículo 52. Régimen Sancionador.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Además de las previstas con carácter general en la Ley 2/1999, de 29 de mayo, del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, constituyen infracciones administrativas las acciones u omisiones descritas en el artículo siguiente.
2. Las sanciones aplicables a dichas infracciones, así como el régimen de responsabilidad, la competencia, el procedimiento, los efectos de su imposición y la prescripción de infracciones y sanciones se regirán por lo dispuesto en el Título VIII de la citada Ley.
