Articulo 52 Cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud
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Artículo 52. Apoyo ala investigación.

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El Instituto de Salud Carlos III apoyará la investigación a través de las siguientes líneas de actuación, que se desarrollarán sin perjuicio de las competencias de las comunidades autónomas, y en colaboración con las Administraciones sanitarias.

a) Apoyo metodológico, que comprenderá:

1.ª Asesoramiento en el diseño, conducción, control de calidad y análisis de datos, asesoramiento en aspectos éticos y legales de proyectos y en tecnologías de la información.

2.ª Información y el apoyo de gestión necesario para la participación en los programas de la Unión Europea.

3.ª Infraestructuras de apoyo ala investigación sanitaria, tales como bancos de tejidos, serotecas, bases de datos bioinformáticos y grandes instalaciones científicas, entre otras.

b) Difusión de los recursos y resultados para su utilización conjunta en red informática, que comprenderá:

1.ª Cartografía de centros de investigación públicos y privados al servicio de la investigación sanitaria.

2.ª Registro de investigadores del Sistema Nacional de Salud.

3.ª Recursos documentales propios y de los centros y otras organizaciones sanitarias existentes en las comunidades autónomas.

4.ª Resultados de la investigación propios y de los centros y otras organizaciones sanitarias existentes en las comunidades autónomas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-05-2003 en vigor desde 30-05-2003