Articulo 52 Conservación de la Naturaleza y de Espacios Naturales
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»Artículo 52. Efectos.
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Los Planes Rectores de Uso y Gestión tienen un carácter vinculante para Administraciones y particulares y prevalecerán sobre el planeamiento urbanístico. Si sus determinaciones fueran incompatibles con las de la normativa urbanística en vigor, ésta se revisará de oficio por los órganos competentes.
