Artículo 52 Estatuto de A... de Madrid

Artículo 52 Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid

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Artículo 52.

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1. El patrimonio de la Comunidad de Madrid está integrado por todos los bienes, derechos y acciones de los que sea titular, estén o no adscritos a algún uso o servicio público y cualquiera que sea su naturaleza y el título de adquisición.

2. Una ley de la Asamblea regulará el régimen jurídico del patrimonio de la Comunidad de Madrid, así como su administración, conservación y defensa.