Articulo 52 Estatutos del...Tributaria

Articulo 52 Estatutos del Organismo Autonómo Hacienda Tributaria

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Artículo 52. Funciones del Servicio de Sistemas de Información Tributaria.

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El Servicio de Sistemas de Información Tributaria ejercerá las siguientes funciones:

- Planificar y coordinar la obtención, mantenimiento y custodia de la información con trascendencia tributaria.

- Impulsar la modernización de la Hacienda Tributaria a través del diseño e implantación de nuevas procedimientos y herramientas que faciliten el cumplimiento generalizado de las obligaciones fiscales, así como nuevos procedimientos de revisión de dichos cumplimientos.

- Velar por el cumplimiento de las disposiciones relativas a la protección de datos en el ámbito de la Hacienda Tributaria de Navarra.

- La gestión de los archivos administrativos e informáticos de la Hacienda Tributaria de Navarra.

- La elaboración de objetivos, indicadores de actividad y evaluación de resultados.

- La elaboración de la memoria del Servicio.

- Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones en vigor o le sean encomendadas por el Director de Planificación y Control de la Hacienda Tributaria de Navarra.