Articulo 52 Ley de la Jur...ión social

Articulo 52 Ley de la Jurisdicción social

Ver Indice
»

Artículo 52. Forma de las resoluciones.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Toda resolución incluirá la mención del lugar y fecha en que se adopte, el nombre de quien la dicte, la expresión de si la misma es o no firme y, en su caso, los recursos que procedan, el órgano ante el que deben interponerse y el plazo y requisitos para ello, así como los depósitos y las consignaciones que sean necesarios y la forma de efectuarlos.