Articulo 52 Mossos d´Esquadra

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Artículo 52.

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El Consejo de la Policía-«Mossos d´Esquadra», bajo la presidencia de la persona titular del Departamento de Gobernación o de aquella otra en quien ésta delegue, es el órgano de representación paritaria de la Generalidad y de los miembros del Cuerpo.