Articulo 52 Presupuestos 2010 Murcia

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Artículo 52.- Incremento de tasas y precios públicos.

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1. Se mantienen para el ejercicio 2010 los tipos de cuantía fija de las tasas de la Hacienda Regional en el importe exigible para 2009 por el artículo 52 de la Ley 8/2008, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2009.

2. Se consideran como tipos fijos aquellos que no se determinan por un porcentaje de la base o ésta no se valore en unidades monetarias.

3. Asimismo, para el ejercicio 2010, se mantiene el importe exigible para 2009 por el artículo 52 de la Ley 8/2008, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2009, de los precios públicos de la Comunidad Autónoma, sus organismos autónomos y otros entes de derecho público.

Se exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior los precios públicos por la prestación de servicios académicos universitarios fijados para el curso 2009/2010, que se regirán por lo dispuesto en su normativa específica.