Articulo 52 Presupuestos 2013 La Rioja

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Artículo 52. Retribuciones del personal funcionario de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.

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1. El personal funcionario de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia que desempeñe sus funciones en el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma de La Rioja percibirá las retribuciones previstas en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 y en la demás normativa que resulte aplicable.

2. Las retribuciones complementarias, variables y especiales de los funcionarios a que se refiere el apartado anterior no experimentarán incremento respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2012, sin tenerse en cuenta la reducción aprobada por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.