Artículo 52 Presupuestos Generales 2025 de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
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»Artículo 52. Anticipos de retribuciones.
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1. El importe máximo a percibir por el personal funcionario al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en concepto de anticipo de retribuciones con cargo a los presupuestos generales será de dos mensualidades brutas, a amortizar en un período máximo de catorce meses.
No obstante, la cuantía máxima en concepto de anticipo de retribuciones no podrá exceder, en ningún caso, de 3.000,00 euros.
2. La concesión de anticipos de retribuciones quedará sujeta, en todo caso:
a) A las disponibilidades presupuestarias.
b) A que la persona perceptora no tenga pendientes obligaciones de contenido económico a favor de la Hacienda Pública de Castilla-La Mancha.
