Articulo 52 Reforma del Estatuto de Autonomia de Castilla y Leon
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»Artículo 52. Asociación de entidades locales.
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1. La Comunidad de Castilla y León fomentará las asociaciones de entidades locales de ámbito autonómico para la protección y promoción de sus intereses comunes.
2. Las Instituciones de la Comunidad Autónoma reconocerán la interlocución de la Federación Regional de Municipios y Provincias de Castilla y León, en cuantoasociación local con mayor implantación.
