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Articulo 52 Reglamento de actuaciones arqueológicas

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Artículo 52. Autorización de salidas definitivas para su reintegración

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La conselleria competente en materia de cultura, podrá autorizar la salida definitiva de restos o vestigios de materiales arqueológicos de los museos o colecciones museográficas integrantes del Sistema Valenciano de Museos, cuando en beneficio de su protección in situ y adecuada difusión pública, sean destinados a su reintegración en su lugar de origen.