Articulo 52 Servicios sociales de Galicia
Ver Indice
»Artículo 52. Fuentes de financiación.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La financiación del sistema gallego de servicios sociales se efectuará mediante:
a) Los presupuestos generales de la comunidad autónoma.
b) Los presupuestos de las entidades locales.
c) Los precios públicos correspondientes.
d) Cualquier otra aportación pública o privada destinada a fines de servicios sociales, de acuerdo con lo establecido en la normativa que resulte de aplicación.
