Articulo 52 Solución de los litigios deportivos
Ver Indice
»Artículo 52. Reglas para decidir el arbitraje.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La persona que sea designada para el arbitraje decidirá la cuestión litigiosa con sujeción a Derecho o a equidad, según su leal saber y entender, a elección de las partes.
2. En el caso de que las partes no hayan optado expresamente por el arbitraje en equidad la persona que sea designada para el arbitraje resolverá con sujeción a Derecho.
