Articulo 52 TR de la ley de conservación de la naturaleza
Articulo 52 TR de la ley ...naturaleza

Articulo 52 TR. de la ley de conservación de la naturaleza

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 52.-

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Queda prohibida, salvo autorización expresa del órgano foral competente, la observación y registro gráfico o sonoro a menos de 250 metros de especies de la fauna silvestre catalogadas como «en peligro de extinción» o «vulnerables» y el establecimiento a tales fines de puestos fijos.