Articulo 52 TR de la ley ...upuestaria

Articulo 52 TR. de la ley general presupuestaria

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Art. 52.

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1. La estructura de los Presupuestos Generales de! Estado se determinará por el Ministerio de Economía y Hacienda, teniendo en cuenta la organización del Estado, de su Organismos autónomos y demás Entidades integrantes del Sector público estatal, la naturaleza económica de los ingresos y de los gastos y las finalidades u objetivos que con esto últimos se propongan conseguir.

2. A los Jefes de los Departamentos ministeriales corresponderá desarrollar la estructura presupuestaria de las Entidades públicas y Organismos autónomos de ellos dependientes. con arreglo a sus características, pero adaptándose a la que se establezca para el sector público.

3. Los ,presupuestos de la Entidades locales se adaptarán a la estructura que, con carácter general, se establezca para el Sector público por el Ministerio de Economía y Hacienda, sin perjuicio de las peculiaridades de aquéllas.

4. Los presupuestos de !as Comunidades Autónomas serán elabora-dos con criterios homogéneos de forma que sea posible su consolidación con los Presupuestos Generales del Estado.