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Articulo 528 Código penal

Articulo 528 Código penal

Código penal
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Artículo 528.

Derogado

(DEROGADO)

Modificaciones
  • Artículo modificado por LEY ORGANICA 7/1998, de 5 de octubre, de modificacion de la Ley Organica 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal, por la que se suprimen las penas de prision y multa para los supuestos de no cumplimiento del servicio militar obligatorio y prestacion social sustitutoria y se rebajan las penas de inhabilitacion para dichos supuestos. (BOE de 06-10-1998) en vigor desde 07-10-1998

Notas: Articulo 528 Código penal

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