Articulo 529 Código del D... de Aragón

Articulo 529 Código del Derecho Foral de Aragón

Ver Indice
»

Artículo 529. Sucesión a favor de los padres.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. La herencia se defiere al padre y a la madre por partes iguales.

2. En el caso de que uno de los padres haya premuerto al causante o no quiera o no pueda aceptar la herencia, su parte acrecerá al otro progenitor.