Articulo 53 Caza y gestión cinegética
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»Artículo 53. Caza con fines científicos.
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La consejería competente podrá autorizar, con fines científicos o de investigación, la caza de gestión de especies cinegéticas en lugares y épocas prohibidos, el marcado de ejemplares y la recogida de huevos, pollos o crías.
La persona que practicando la caza cobre una pieza portadora de anilla deberá comunicar los datos de la anilla a la consejería competente en materia de caza.
