Articulo 53 Ciclo integral del agua
Articulo 53 Ciclo integral del agua

Articulo 53 Ciclo integral del agua

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 53. Cuota.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La cuota del canon se obtiene a través de multiplicar la base imponible durante el período de liquidación por el tipo correspondiente, afectado, en su caso, por el coeficiente de contaminación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-07-2002 en vigor desde 09-07-2002