Articulo 53 Consejos Insu...-Derogada-

Articulo 53 Consejos Insulares -Derogada-

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Artículo 53. Fondo de Compensación Interinsular.

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Los consejos insulares recibirán las transferencias correspondientes del Fondo de Compensación Interinsular de acuerdo con lo que disponga una ley del Parlamento.