Artículo 53 D.129/2026, ...s sociales

Artículo 53. D.129/2026, de 3 de septiembre, C.Valenciana, tipología y el funcionamiento de los centros, servicios y programas de los servicios sociales

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Artículo 53. Programas en la atención primaria de carácter básico.

Vigente

Las entidades públicas y privadas de iniciativa social o mercantil podrán promover la creación de programas instrumentales de atención primaria de carácter básico para proveer prestaciones propias de este nivel funcional, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del anexo del presente decreto y en la correspondiente orden de desarrollo.

Dichos programas instrumentales deberán coordinarse con los programas estructurales de la atención primaria básica, vinculándose a sus servicios y tendrán que ser inscritos en el registro, autorizados y acreditados en su caso, de acuerdo con lo dispuesto en el presente decreto.