Articulo 53 Emergencias de Galicia

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Artículo 53. Sanciones pecuniarias.

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1. Las infracciones muy graves se sancionarán con multa de 15.001 hasta 600.000 euros.

2. Las infracciones graves se sancionarán con multas de 1.001 hasta 15.000 euros.

3. Las infracciones leves se sancionarán con multas de 60 hasta 1.000 euros.