Articulo 53 Gobierno de Aragon, por el que se aprueba el Reglamento de Territorio y Poblacion de las Entidades Locales de Aragon
Artículo 53. Derechos y obligaciones en relación con la Comarca.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Constituida la correspondiente comarca, a los vecinos de los municipios que la integren les corresponderá también en relación con la comarca respectiva.
a) Participar en la gestión comarcal, de acuerdo con lo dispuesto en las disposiciones propias de la comarca.
b) Utilizar, de acuerdo con su naturaleza, los servicios públicos comarcales.
c) Ser informados por la Administración comarcal de su actividad, documentación y procedimientos, en los mismos términos aplicables al municipio.
d) Exigir la prestación y, en su caso, el establecimiento del servicio público comarcal correspondiente, si se trata de una competencia comarcal propia, o asumida por cualquier título, de carácter obligatorio.
e) Contribuir, mediante las prestaciones legalmente establecidas, al ejercicio de las competencias comarcales.
