Artículo 53 Medidas Finan...005 C León

Artículo 53 Medidas Financieras 2005 C. León

Ver Indice
»

Artículo 53. Subvenciones para la sustitución de calderas, calentadores de gas e instalaciones y equipos de seguridad industrial en general, tales como ascensores y baja tensión, entre otras, de más de diez años.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. La Administración de la Comunidad concederá, siempre que sean compatibles con las normas de la Unión Europea y previo establecimiento de las correspondientes bases reguladoras, subvenciones con la finalidad de promover la adquisición para la sustitución de calderas o calentadores e instalaciones y equipos de seguridad industrial en general, tales como ascensores y baja tensión, entre otras, de más de diez años.

2. Las subvenciones se otorgarán previa convocatoria pública y las solicitudes se resolverán por orden de entrada desde que el expediente esté completo.

Modificaciones