Articulo 53 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización
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Hay que añadir una nueva disposición transitoria a la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana, que queda redactada de la siguiente manera:
Disposición transitoria primera. Transferencia de infraestructuras y equipamientos de atención primaria y de atención secundaria entre administraciones públicas
[...]
3. En el caso de las infraestructuras y equipamientos mencionados en el apartado primero de titularidad de las diputaciones provinciales, el proceso de transferencia a la Generalitat Valenciana se coordinará en las mesas técnicas de cooperación social de la Generalitat Valenciana con cada una de las diputaciones.
