Articulo 53 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización 2018 de la Generalitat
Artículo 53
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Se modifica el artículo 27.1 del reglamento aprobado por el Decreto 60/2018, de 11 de mayo, del Consell, modificándose la estructura del artículo al agregar una nueva letra j, que establece los ingresos no computables a fin de calcular el importe de la renta valenciana de inclusión, , que queda redactado como sigue:
«j) La prestación concedida a víctimas de violencia de género prevista en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, y la ayuda suplementaria por cambio de residencia concedida a las personas perceptoras de la prestación RAI (renta activa de inserción) prevista en la disposición transitoria primera del Real decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo. Igualmente tampoco computarán las ayudas previstas en los artículos 16, 16 bis, 16 ter y 55 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana.»
La presente modificación no afecta al rango reglamentario del precepto.
