Articulo 53 Medidas de simplificación y racionalización administrativa para la m...on la Administración
Articulo 53 Medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración
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»Artículo 53. Cuantía de las sanciones pecuniarias.
Vigente
1. Las infracciones leves se sancionarán con multas de hasta 3.000 euros.
2. Las infracciones graves se sancionarán con multas de 3.001 euros a 60.000 euros.
3. Las infracciones muy graves se sancionarán con multas de 60.001 euros a 600.000 euros.
4. En cualquier caso, el montante de la sanción pecuniaria impuesta deberá ser, como mínimo, el equivalente a la estimación del beneficio económico obtenido con la infracción más los daños y perjuicios ocasionados, siempre y cuando el importe sea superior al límite inferior de la sanción, sin perjuicio de la imposición de las sanciones no pecuniarias procedentes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-02-2024 en vigor desde 17-02-2024