Articulo 53 Presupuestos 2006 Cantabria

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Artículo 53. Retribución de los funcionarios sujetos a régimen retributivo anterior a la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública.

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1. Los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública que desempeñen puestos de trabajo para los que todavía no se ha aprobado la aplicación de régimen retributivo previsto en dicha Ley y hasta tanto no se disponga lo contrario por Acuerdo del Gobierno de Cantabria que apruebe dicha aplicación, percibirán las retribuciones correspondientes al año 2006, con la misma estructura retributiva y con sujeción a la normativa vigente en dicho ejercicio.

2. Las retribuciones de este personal se devengarán de acuerdo con las prescripciones contenidas en esta Ley.