Articulo 53 Presupuestos 2014 Murcia
Artículo 53. - Autorización de los costes de personal de las universidades públicas de la Región de Murcia.
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 81.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, así como en el artículo 62.2 de la Ley 3/2005, de 25 de abril, de universidades de la Región de Murcia, se autorizan a las mismas, para el ejercicio 2014, los costes de personal siguientes.
| PRESUPUESTO | EUROS |
| Universidad de Murcia | 130.000.000 |
| Universidad Politécnica de Cartagena | 35.000.000 |
En dicho importe no se incluye el importe del personal técnico o de investigación contratado específicamente para atender proyectos, convenios o contratos del artículo 83 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, ni en el caso de la Universidad de Murcia de las plazas vinculadas.
No obstante lo anterior, se faculta al Consejo de Gobierno para que pueda autorizar límites superiores si a lo largo del ejercicio se incrementasen las transferencias a las universidades públicas o en cumplimiento de disposición legal y también previa solicitud de las universidades, siempre que justifiquen el origen de los ingresos para financiar los mayores gastos de personal, así como para revisar a la baja tales límites en el caso de que la normativa estatal básica establezca una minoración de las retribuciones del personal.
