Articulo 53 Presupuestos 2024 Canarias
Artículo 53. Oferta de empleo público.
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1. Durante el año 2024, la incorporación de nuevo personal en los entes del sector público con presupuesto limitativo solo se producirá en los mencionados en el artículo 1, apartados 2 a 5, ambos inclusive, y con sujeción a la normativa básica del Estado.
2. La oferta de empleo público de la Administración pública de la comunidad autónoma, o de sus organismos autónomos, se aprobará por el Gobierno, a iniciativa de las consejerías u organismos competentes y a propuesta de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad. En todos los casos, será necesario el informe previo de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, con el fin de valorar la repercusión en los costes de personal.
3. Las plazas que se convoquen con fundamento en ofertas de empleo público de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, o de sus organismos autónomos, deberán estar dotadas en los créditos iniciales del capítulo 1 «Gastos de personal», o contar con asignación presupuestaria, e incluir necesariamente las desempeñadas por funcionarios interinos, salvo que se decida su amortización.
4. Las convocatorias de plazas de nuevo ingreso correspondientes a la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, o a sus organismos autónomos, requerirán el previo informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuesto.
5. En los procesos de selección de personal funcionario y de personal laboral convocados por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, a fin de garantizar mayor seguridad en la tramitación, así como una mayor eficiencia en la gestión de los recursos presupuestarios, las solicitudes de participación de las personas aspirantes en las pruebas selectivas, y demás trámites que hayan de cumplimentar a lo largo del proceso selectivo, se harán única y exclusivamente mediante sede electrónica.
6. En el mes de enero de 2024, las direcciones generales de Relaciones con la Administración de Justicia; de Recursos Humanos, del Servicio Canario de la Salud; y de Personal y Formación del Profesorado, de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, deberán enviar a las direcciones generales de Planificación y Presupuesto y de la Función Pública la relación de los nombramientos de funcionarios interinos o contrataciones de personal temporal para la cobertura de plazas vacantes, dispuestos o formalizadas en 2023.
La información correspondiente al sector de Administración general se confeccionará por la Dirección General de la Función Pública, y deberá enviarse también a la Dirección General de Planificación y Presupuesto en el mes de enero.
