Articulo 53 Prevención y ...xtremadura

Articulo 53 Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales en Extremadura

Ver Indice
»

Artículo 53. Objeto.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los Planes de Autoprotección por Incendios Forestales tendrán por objeto establecer las medidas y actuaciones necesarias para la lucha contra los incendios forestales que deban realizar aquellas empresas, núcleos de población aislada, urbanizaciones, viviendas aisladas, campamentos, e instalaciones o actividades ubicadas en Zonas de Alto Riesgo de Incendios o de Protección Preferente, así como las asociaciones o empresas con fines de explotación forestal que realicen labores de explotación dentro de dichas zonas, y los propietarios de fincas forestales y titulares de derechos reales o personales de uso y disfrute sobre las mismas.