Articulo 53 Reglamento de la Ley 19/1994 -modificacion del Regimen Economico y F...en Canarias y la ZEC
Articulo 53 Reglamento de...s y la ZEC

Articulo 53 Reglamento de la Ley 19/1994 -modificacion del Regimen Economico y Fiscal de Canarias-, en cuanto a incentivos fiscales en la imposicion indirecta, la reserva para inversiones en Canarias y la ZEC

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Artículo 53. Revisión en vía administrativa.

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1. Las funciones de gestión, liquidación y recaudación de las tasas reguladas en la Ley 19/1994, de 6 de julio, corresponden al Consorcio de la Zona Especial Canaria, que las ejercerá con arreglo a lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, en la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, y en las normas dictadas para su desarrollo.

2. La revisión de los actos tributarios dictados por el Consorcio de la Zona Especial Canaria en las materias referidas en el apartado anterior se regirá por lo establecido en el título V de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, y en sus normas de desarrollo.

3. El Consorcio de la Zona Especial Canaria podrá suscribir convenios con la Agencia Estatal de Administración Tributaria que tengan por objeto la recaudación en vía ejecutiva de las deudas tributarias de las entidades de la Zona Especial Canaria a favor del Consorcio, en cuyo caso la revisión de los actos que se dicten habrá de efectuarse conforme a lo establecido en los mismos.