Articulo 53 Síndic de Gre...Valenciana

Articulo 53 Síndic de Greuges de C. Valenciana

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Artículo 53. Exposición

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1. Antes de finalizar el periodo ordinario de sesiones en el que se haya presentado el informe anual correspondiente, el síndico o la síndica de Greuges comparecerá ante el Pleno de las Corts Valencianes para exponer sus principales contenidos.

2. Concluida la exposición a la que se refiere el apartado anterior de este precepto, y de conformidad con el procedimiento que establezca el Reglamento de las Corts Valencianes, los grupos parlamentarios podrán intervenir para fijar sus respectivas posiciones.