Articulo 53 TR Disposiciones legales en materia de tributos cedidos
Articulo 53 TR Disposicio...os cedidos

Articulo 53 TR. Disposiciones legales en materia de tributos cedidos

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 53. Obligaciones formales de las entidades que realicen subastas en relación con el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Las entidades que realicen subastas de bienes muebles en el Principado de Asturias deberán remitir al Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias, por vía telemática, cuando así se determine, una declaración con la relación de las transmisiones en que hayan intervenido.

2. La Consejería competente en materia de hacienda determinará el procedimiento, forma, estructura y plazos que deben observarse para el cumplimiento de la obligación formal establecida en el apartado anterior.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-10-2014 en vigor desde 30-10-2014