Articulo 53 Transparencia...e Cataluña

Articulo 53 Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno de Cataluña

Ver Indice
»

Artículo 53. Desarrollo normativo de este título

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La clasificación de las personas y las organizaciones que deben inscribirse en el Registro de grupos de interés, la información requerida a los declarantes, el contenido detallado del código de conducta y el procedimiento de investigación y tramitación de las denuncias debe ser regulado por reglamento.