Articulo 53 Universidades de la Región

Articulo 53 Universidades de la Región

Ver Indice
»

Artículo 53. Otras medidas.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Educación y Cultura, promoverá el desarrollo de otras medidas que puedan incidir en la mejora de las condiciones de los alumnos en el sistema universitario regional, el fomento de sus asociaciones y la realización de actividades por las mismas. Asimismo, fomentará la colaboración con otras instituciones para favorecer la integración de los alumnos discapacitados y la adaptación de los medios e instalaciones universitarias.

2. Igualmente, promoverá el alojamiento en condiciones adecuadas y el uso del transporte público con el fin de que los estudiantes puedan beneficiarse de la utilización de los distintos medios de transporte de viajeros, desde sus municipios de residencia a los diversos campus universitarios.