Articulo 5321 Código Civil de Cataluña

Articulo 5321 Código Civil de Cataluña

Ver Indice
»

Artículo 532-1. Extinción de los derechos reales

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los derechos reales se extinguen cuando lo establece el presente código o el título de constitución y por la pérdida del bien, la consolidación y la renuncia de su titular.