Articulo 5321 Libro Quinto del Código civil, relativo a derechos reales
Ver Indice
»Artículo 532-1. Extinción de los derechos reales
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los derechos reales se extinguen cuando lo establece el presente código o el título de constitución y por la pérdida del bien, la consolidación y la renuncia de su titular.
