Articulo 5324 Código Civil de Cataluña
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»Artículo 532-4. Renuncia
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1. El derecho real se extingue si los titulares, unilateral y espontáneamente, renuncian al mismo.
2. La renuncia hecha en fraude de acreedores de los renunciantes o en perjuicio de los derechos de terceros es ineficaz.
