Articulo 54 Accesibilidad universal de La Rioja
Ver Indice
»Artículo 54. Mantenimiento de los medios de transporte de uso público.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las Administraciones públicas y las empresas proveedoras de servicios de transporte público de personas viajeras incluirán en sus planes de gestión las actuaciones necesarias para garantizar el mantenimiento de las condiciones de accesibilidad que corresponda. La empresa concesionaria garantizará otro medio de transporte alternativo cuando no se asegure la accesibilidad en el transporte público.
