Articulo 54 Canaria de Juventud -Derogada-
- Norma derogada desde el 13 de junio de 2023. - Ley 2/2023 de 1 de Mar C.A. Canarias (Políticas de Juventud de Canarias)
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»Artículo 54.- Personas responsables.
Derogado
Serán responsables las personas físicas o jurídicas, ya sean titulares de los centros, servicios o programas o usuarios de los mismos, que cometan, de forma dolosa o imprudente, alguna de las acciones u omisiones que se tipifican como infracciones administrativas en la presente ley.
A estos efectos, se entenderá por titular de un centro, servicio o programa, a la persona física o jurídica, pública o privada, que, bajo cualquier título, lo gestione.

