Articulo 54 Diversidad Se...chos LGTBI

Articulo 54 Diversidad Sexual y Derechos LGTBI

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Artículo 54. Personas interesadas.

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A los efectos de esta ley las asociaciones, entidades y organizaciones representativas de los colectivos LGTBI y aquellas que tengan por objeto la defensa y promoción de los derechos humanos serán titulares de intereses legítimos colectivos en los términos previstos en el apartado 2 del artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.