Articulo 54 Estatutos del...Tributaria

Articulo 54 Estatutos del Organismo Autonómo Hacienda Tributaria

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Artículo 54. Funciones de la Sección de Coordinación Informática.

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La Sección de Coordinación Informática, en coordinación con las restantes unidades orgánicas de la Hacienda Tributaria de Navarra, ejercerá las siguientes funciones:

- La coordinación de los sistemas de información de la Hacienda Tributaria de Navarra.

- La asistencia a las distintas unidades en la realización de los análisis funcionales a llevar a cabo.

- La supervisión de los análisis funcionales de los distintos proyectos en orden a la integración de todas las aplicaciones en un único proceso de gestión.

- La validación, junto a la unidad orgánica usuaria, del correcto funcionamiento de las aplicaciones informáticas en su fase de implantación.

- La divulgación entre los usuarios del manejo y de las funcionalidades de las diferentes aplicaciones de gestión.

- La programación y control de la ejecución de los trabajos informáticos periódicos.

- La gestión del inventario de elementos informáticos, así como el análisis de necesidades y propuesta de nuevas adquisiciones.

- La asistencia técnica para la resolución de los problemas que puedan presentarse en el funcionamiento de cualquier elemento del sistema de información.

- La propuesta y redacción de condiciones técnicas a tener en cuenta, en su caso, en las contrataciones de servicios informáticos.

- Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones en vigor y cualquier otra relacionada o derivada de las anteriores que le sean encomendadas por el Director del Servicio de Sistemas de Información Tributaria.