Articulo 54 Igualdad de M...es Bizkaia

Articulo 54 Igualdad de Mujeres y Hombres Bizkaia

Ver Indice
»

Artículo 54. Impulsando una sociedad inclusiva

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Para alcanzar los objetivos de esta norma foral, los departamentos y entidades del Sector Público Foral de Bizkaia con competencias en Servicios Sociales desarrollarán, entre otras, las siguientes medidas:

a) Analizar desde la perspectiva de género los factores personales, económicos, laborales, residenciales, formativos, socio-sanitarios, estructurales, relacionales, simbólicos y culturales entre mujeres y hombres en los diferentes ámbitos de la vida, encaminados a concretar las medidas para hacer frente a las situaciones de discriminación que generan.

b) Fomentar el paso de la precariedad a la inclusión social y adoptar medidas para erradicar la feminización de la pobreza, especialmente la de mujeres de avanzada edad, la de familias monomarentales y la de mujeres que sufren la violencia contra ellas.

c) Potenciar la cohesión social y territorial y de inclusión social específica de mujeres con un enfoque interseccional.

d) Fortalecer las capacidades de las organizaciones de Bizkaia que responden a las necesidades de las mujeres, e impulsar la red de apoyo social a las víctimas de violencia machista.

e) Impulsar la sensibilización y concienciación de los hombres en materia de corresponsabilidad, usos del tiempo y cuidado de personas; de esa manera, en la lucha por la igualdad se busca la participación activa de los hombres.

f) Fomentar el acceso de las mujeres en sectores profesionales cuyo porcentaje de representatividad es menor debido a los roles y estereotipos de género, asegurando en todos ellos unas condiciones laborales dignas.

g) Visibilizar las barreras que impiden el disfrute de una vida autónoma e inclusiva de las mujeres con diversidad funcional y proponer medidas contra dichas barreras.

h) Impulsar los servicios y recursos públicos de proximidad y de calidad en la intervención social con las personas usuarias, especialmente en la atención a las personas con dependencia y a las mujeres que sufren la violencia contra ellas por el hecho de serlo.

i) Impulsar el establecimiento de redes de contraprestaciones compartidas entre mujeres, en las que participen movimientos asociativos con perspectiva de género.

j) Recopilar, promover y difundir buenas prácticas en la aplicación de la perspectiva de género en los Servicios Sociales.