Articulo 54 Impuesto sobr...e Gipuzkoa

Articulo 54 Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados de Gipuzkoa

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Artículo 54.

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Los órganos judiciales, Bancos, Cajas de Ahorro, Asociaciones, Sociedades, funcionarios, particulares o cualesquiera otras Entidades públicas o privadas no acordarán las entregas de bienes a personas distintas de su titular sin que se acredite previamente el pago del Impuesto, su exención o no sujeción, a menos que la Administración lo autorice.