Articulo 54 Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados de Gipuzkoa
Ver Indice
»Artículo 54.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los órganos judiciales, Bancos, Cajas de Ahorro, Asociaciones, Sociedades, funcionarios, particulares o cualesquiera otras Entidades públicas o privadas no acordarán las entregas de bienes a personas distintas de su titular sin que se acredite previamente el pago del Impuesto, su exención o no sujeción, a menos que la Administración lo autorice.
