Articulo 54 Ley General Tributaria
Articulo 54 Ley General Tributaria

Articulo 54 Ley General Tributaria

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 54. Base liquidable.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La base liquidable es la magnitud resultante de practicar, en su caso, en la base imponible las reducciones establecidas en la ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-12-2003 en vigor desde 01-07-2004