Articulo 54 ORDENde16demayode2013,delaConsejeradeEducación,Universidad,CulturayDeporte,porlaqueseestablecenlasbasesreguladorasparalaconcesióndesubvencionesenmateriadedeporte.
Artículo 54. Evaluación de las solicitudes.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Los programas de actividades (art. 50) serán valorados de manera independiente sobre una puntuación máxima de 100 puntos en función de los criterios establecidos en cada uno de ellos.
2. La valoración final del proyecto presentado será el resultado de multiplicar la puntuación obtenida en cada programa por los siguientes coeficientes.
- Actividades de competición (0,40)
- Actividades de formación e investigación en materia deportiva (0,25)
- Programas de seguimiento médico-deportivo encaminados a proteger la salud del deportista (0,20)
- Otras actividades deportivas organizadas en la CCAA de Aragón (0,15)
3. Criterios de valoración de las solicitudes:
a) Actividades de competición:
- Presupuesto de ingresos y gastos de las actividades proyectadas. (Hasta 30 puntos)
- Número de actividades presentadas. (Hasta 20 puntos)
- Número de deportistas y equipos participantes. (Hasta 20 puntos)
- Porcentaje de participación femenina en las actividades. (Hasta 10 puntos)
- Nivel de las competiciones en las que se participa. (Hasta 10 puntos)
- Nivel de resultados deportivos. (Hasta 10 puntos)
Tendrán carácter prioritario los deportes no contemplados en el programa Deportistas Aragoneses de Alto Rendimiento.
b) Actividades de formación e investigación en materia deportiva:
- Interés del programa. (Hasta 35 puntos)
- Número de actividades y participantes estimados (Hasta 20 puntos)
- Ámbito territorial y nivel académico de la actividad/es. (Hasta 20 puntos)
- Coste total del proyecto. (Hasta 25 puntos)
c) Programas de seguimiento médico-deportivo encaminados a proteger la salud del deportista
- Finalidad y objetivos del programa. (Hasta 20 puntos)
- Deportistas incluidos y tipología (edad escolar, mayor 35 años, alto rendimiento, discapacidad,…). (Hasta 15 puntos)
- Duración del programa. (Hasta 10 puntos)
- Periodicidad de los reconocimientos. (Hasta 10 puntos)
- Contenido de los reconocimientos. (Hasta 10 puntos)
- Personal que llevará a cabo los reconocimientos. (Hasta 5 puntos)
- Documentación y control de los resultados. (Hasta 15 puntos)
- Financiación de los reconocimientos y coste total del programa. (Hasta 15 puntos)
d) Cualesquiera otras actividades deportivas organizadas en la Comunidad Autónoma de Aragón que:
- Ofrezcan un alto nivel deportivo. (Hasta 10 puntos)
- Tengan amplia repercusión social y/o alta participación popular. (Hasta 30 puntos)
- Promuevan la igualdad efectiva entre hombres y mujeres. (Hasta 15 puntos)
- Contemplen la actividad física y el deporte como un elemento de inclusión social y territorial. (Hasta 10 puntos)
- Garanticen el acceso a la práctica de actividad física a los siguientes colectivos poblacionales: (Hasta 35 puntos)
- La población escolar y universitaria: niños y niñas, adolescentes y jóvenes en la etapa de formación.
- Las personas mayores.
- Las personas con discapacidad.
- Los grupos de población en riesgo de exclusión social.
- Las personas en el ámbito laboral.
