Articulo 54 Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía
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A los efectos de facilitar la comunicación con el responsable técnico del informe, así como las actividades de los miembros del equipo de auditoría en las dependencias correspondientes, se designará por parte del órgano o entidad objeto de la auditoría un interlocutor con las suficientes atribuciones y facultades para atender con prontitud las peticiones y requerimientos de documentos e información que se le efectúen.
